Abogados especializados en delitos leves
Los delitos leves pueden llevar aparejados en caso de condena penas de multa de 1 a 3 meses. Los delitos leves no pueden conllevar penas de prisión.
En primer lugar debe saber que para un delito leve no es necesaria la intervención de abogado, a pesar de ello, siempre será recomendable para recibir un correcto asesoramiento, a ser posible un abogado especializado en derecho penal.
En los delitos leves la tramitación será muy sencilla y el procedimiento muy simple, pues se tramitará en su totalidad en el Juzagdo de Instrucción, sin perjuicio del derecho de recurrir de las partes en apelación ante la Audiencia Provincial.
A pesar de que en los delitos leves no puedan existir penas de prisión, además de la multa, podrá existir condena a la responsabilidad civil. También, en función del proceso, es posible la condena a privación del derecho a conducir y de tenencia y porte de armas hasta un año, localización permanente y trabajos en beneficio de la comunidad hasta 30 días.
En la mayoría de los casos se tratan de hurtos, amenaza, coacción, injuria y vejación… etc.
Se tratan de los delitos menos graves. Antiguamente existían las faltas pero con la Ley Orgánica 1/2015 se derogaron y algunas conductas pasaron a despenalizarse y otras a pasar a considerarse delitos leves.
En ocasiones no es fácil distinguir entre un delito leve o grave, como ocurre en ciertos casos de coacciones o lesiones en los que las pautas legales se deben de interpretar y la casuística hace que en ocasiones no sea fácil la distinción clara entre unos y otros.
Los delitos leves no son preocupantes en el sentido de que no puede existir condena de prisión, pero no por ello deja de existir en caso de condena la anotación de antecedentes penales, sin perjuicio de que exista la manera de posteriormente eliminarlos. Por ello, consulte con un abogado especialista en delitos leves sus dudas para defender sus derechos y obligaciones.