Una de las peores sensaciones que se puede sentir en un Juzgado es sentir que un abogado no hace nada por defendernos.
Existen dos opciones, que sea verdad y nuestro sentimiento sea fiel a lo que esté ocurriendo, o que sea nuestra percepción y que realmente sí esté desarrollando correctamente su trabajo y seamos nosotros los que no seamos conscientes de ello.
Tener la sensación de que un abogado no hace nada en muchos casos se deriva de la idea de abogado americano que muchas personas tienen en su pensamiento al pensar en el trabajo de un abogado.
En las películas americanas los abogados se levantan, debaten, protestan y alegan con mucho ímpetu. En España el sistema no es así en absoluto. Todo tiene una presencia escrita y se reproduce una serie de cuestiones como son la ratificación, proposición de prueba, práctica, conclusiones… etc, pero no es tan vistoso como una persona que no esté acostumbrada podrían pensar.
Lo importante desde nuestra modesta opinión es que se mantenga la confianza en el abogado que le permita desarrollar su trabajo, ahora bien, el abogado también debe de mantener viva la relación de confianza con información concreta que otorgue seguridad y certidumbre al cliente.
No hacer nada no es justo sin dar la oportunidad al abogado de exponer la situación y su actuación. En muchos casos la lentitud de los Juzgados son los que hacen que un abogado no pueda hacer nada. De hecho el principal motivo que hace sentir a los clientes que su abogado no hace nada es la falta de avances tangibles en el proceso, lo cual no es responsabilidad total del abogado, pues el abogado puede hacer muy bien su trabajo, pero si el Juzgado no le otorga impulso procesal, el cliente puede pensar que no se está haciendo nada.
Mi abogado no hace nada. ¿Qué puedo hacer? Cuanto menos darle la oportunidad de explicar su trabajo, no agobiarle y darle un voto de confianza antes de tomar una decisión, ya sea seguir con él o cambiar de abogado. Salvo que exista un motivo grave para cambiar de abogado, es recomendable no realizar cambios a medio procedimiento pues puede suponer que el trabajo inicial del primer abogado no sea del todo entendido y desarrollado con continuidad por el siguiente abogado.